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cosas importantes del codigo de trabajo: ¿que es el codigo de trabajo? importancia caracteristicas contratos laborales contratacion de personas extranjeras obligaciones y prohibiciones de patrones y trabajadores articulos del 194 al 198 articulos de 162 al 170 suspension de contratos laborales trabajo a mujeres embarazadas trabajo de menores de edad
Edited at 2021-05-26 22:33:42codigo de trabajo
¿que es el codigo de trabajo?
es un codigo que demuestra la importancia de los derechos de los trabajadores, todo lo que necesita para laborar como sus herramientas y seguridad, tambien los derechos de los patronos y lo que su trabajo debe de ofrecerle a sus trabajadores para que asi el patrono no se aproveche de un trabajador para realizar trabajos que no deberia y el trabajador pueda conocer sus derechos para apelar frente a un juez si se incumple alguno de los marcados por l ley
importancia
el codigo regula los derechos y obligaciones de trabajadores y patronos con ocasion de trabajo, es importante que esos derechos sean cumplidos por ambos lados como estabece la ley para que el ambiente de trabajo sea agradable, seguro y a corde a como deberia de ser
caracteristicas
-el codigo de trabajo se enfoca en las caracteristicas de los contratos de trabajo tambien se enfoca en los contratos de trabajo -enfatizan temas como la finalizacion de la relacion laboral y la contratacion de costarricenses para laborar en el extranjero -la falta de cumplimiento del contrato de trabajo solo obligara a los que en ella incurrian a la responsabilidad economica respectiva
contratos laborales
se definen como acuerdos en los que la persona se obliga a prestar a ora sus servicios o ejecutarle una obra bajo la dependencia permanente y direccion inmediata o delegada y por una remuneracion determinada, estas disposiciones enfatizan temas como la finalizacion de la relacion laboral y la contratacion de costarricenses para laborar en el extramjero, la falta de cumplimiento del contrato de trabajo solo obligara a los que en ella incurran la responsabilidad economica respectiva, sin que se pueda hacer coaccion contra las personas.
contratacion de personas extranjeras
los menores de edad mayores de 15 años pueden y tienen la capacidad para contratar su trabajo, garantizar que los trabajadores seran repatriados al terminar el contrato, manifestar por escrito al Ministerio detalles sobre el lugar adonde seran llevados los trabajadores, las labores, el salario, la jornada laboral y oras especificaciones, en ningun caso el Ministerio de trabajo y Seguridad Social permitira la realizacion de contratos para trabajar fuera del pais para casos de menores de 18 años sin sus padres, tutores o El Patronato Nacional de la Infancia sin su concentimiento escrito con excepcion de los emancipados
obligaciones y prohibiciones de patrones y trabajadores
obligaciones del trabajador: -prestar los auxilios necesarios en caso de siniestro o riesgo para las personas -desempeñar el servicio contratado bajo la direccion del patrono -someterse a reconocimiento medico a peticion del patrono Obligaciones del patrono: -pagar el salario al trabajador cuando se vea imposibilitado para laborar por culpa del patrono -brindar un local seguro para guardar los instrumentos de los obreros -dar a los trabajadores los instrumentos necesarios para trabajar
prohibiciones de los trabajadores: -abandonar el trabajo en horas de trabajo sin justificacion o licencia del patrono -trabajar en estado de embriaguez -portar armas de cualquier clase durante las horas de labor exepto en casos especiales autorizados por la ley Prohibiciones de los patronos: -inducir a sus trabajadores a que compren en determinados comercios -exigir o aceptar dinero de los trabajadores como gratificacion -hacer colectar o suscripciones obligatorias en los trabajadores
articulos del 194 al 198
estos articulos hacen referencia a todo accidente, enfermedad o riesgo en los trabajos, todo trabajador debe estar asegurado por cualquier cosa que podria suceder durante el trabajo, tambien recalca que los trabajadores deben realizar su trabajo a corde su estado fisico y patologico, su condicion debe ser valorada por un dictamen medico para que el patrono sepa hasta donde o que labores puede realizar su trabajador,
articulos de 162 al 170
estos articulos hacen referencia al salario minio que todo trabajador debe de tener en su correspondido trabajo, el salario es la retribucion que el patrono debe pagar al trabajador en virtud del contrato de trabajo, puede ser por mes, quincena, semana, dia u hora, puede ser el monto que el patron desee sin ser inferior al monto ya marcado por la ley, para fijar el importe del salario se tomara en cuenta la cantidad y calidad laboral del trabajo realizado, el salario debe ser pagado con la moneda de curso legal siempre que el pago se estipule en dinero
suspension de contratos laborales
en el articulo 73 se estableceque las suspenciones totales o parciales de los contratos no implica su determinscion ni extingue los derechos y obligaciones que emanen de ellos, se agregan las causas de la suspension teporal de los contratos de trabajo sin responsabilidad para el patrono o para el trabajador
trabajo a mujeres embarazadas
-se prohibe el despido de mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, salvo por causa justificada originada en la falta a sus deberes contracturales -si una mujer embarazada fue despedida sin justificaciones puede gestionar ante el juez de trabajo su reinstalacion inmediata con el goce de todos sus derechos -la trabajadora embarazada gozara obligatoriamente de una licencia remunerada por maternidad, durante el mes de parto y los tres posteriores -toda madre en epoca de lactancia podra disponer de un intervalo de 15 minutos cada tres horas o si lo prefiere cada media hora dos veces al dia durante sus labores
trabajo de menores de edad
-el codigo 87 establece la prohibicion de contratar a mujeres y menores de 18 años para desempeñar labores insalubres, pesadas o peligrosas en los aspectos fisicos o moral. -se prohibe el trabajo nocturno de los menores de 18 años y el diurno de estos en clubes, hosterias, cantinas y expendios de bebidas alcoholicas -no se permite el trabajo durante mas de siete horas diarias y 42 semanales para mayores de 15 y menores de 18 -es prohibido el trabajo en las calles para varones menores de 15 y mujeres menores de 18