Galería de mapas mentales Derechos humanos del adulto mayor
Descubre los derechos humanos del adulto mayor en este mapa mental creado con EdrawMind. Conoce los derechos fundamentales de esta población vulnerable y su importancia en la sociedad.
Editado a las 2024-04-18 04:44:33,Derechos humanos del adulto mayor
Derecho a una vida con calidad, sin violencia y sin discriminación. (Artículo 5o, fracción I)
a.Es obligación de las Instituciones Públicas, de la comunidad, de la familia y la sociedad, garantizarles el acceso a los programas. b. Al disfrute pleno, sin discriminación ni distinción alguna. c. A una vida libre sin violencia. d. Al respeto a su integridad física, psicoemocional y sexual. e. A la protección contra toda forma de explotación. f. A recibir protección por parte de la comunidad, la familia y la sociedad, así como de las instituciones federales, estatales y municipales. g. A vivir en entornos seguros dignos y decorosos, que cumplan con sus necesidades y requerimientos y en donde ejerzan libremente sus derechos.
Derecho a un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial (Artículo 5o,fracción II)
a. A recibir un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial. b. A recibir el apoyo de las instituciones federales, estatales y municipales. c. A recibir asesoría jurídica en forma gratuita en los procedimientos administrativos o judiciales en que sea parte y contar con un representante legal cuando lo considere necesario. d.Protección de su patrimonio personal y familiar y cuando sea el caso, testar sin presiones ni violencia.
Derecho a la salud, alimentación y familia. (Artículo 5o, fracción III)
a. A tener acceso a los satisfactores necesarios. b. A tener acceso preferente a los servicios de salud, de conformidad con el párrafo tercero del artículo 4o. Constitucional y en los términos que señala el artículo 18 de esta Ley c. A recibir orientación y capacitación en materia de salud, nutrición e higiene, así como a todo aquello que favorezca su cuidado personal.
Derecho a la educación. (Artículo 5o, fracción IV
a. A recibir de manera preferente el derecho a la educación que señala el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con el artículo 17 de esta Ley. b. Las instituciones educativas, públicas y privadas, deberán incluir en sus planes y programas los conocimientos relacionados con las personas adultas mayores.
Derecho a un trabajo digno y bien remunerado. (Artículo 5o, fracción V)
A gozar de igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo o de otras opciones que les permitan un ingreso propio y desempeñarse, así como a recibir protección de las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de otros ordenamientos de carácter laboral.
Derecho a la asistencia social. (Artículo 5o,fracción VI)
a. A ser sujetos de programas de asistencia social en caso de desempleo, discapacidad o pérdida de sus medios de subsistencia. b. A ser sujetos de programas para contar con una vivienda digna y adaptada a sus necesidades. c. A ser sujetos de programas para tener acceso a una casa hogar o albergue, u otras alternativas de atención integral.
Derecho a asociarse y participar en procesos productivos de educación y capacitación en su comunidad. (Artículo 5o. fracción VII)
a. A participar en la planeación integral del desarrollo social. b. De asociarse y conformar organizaciones de personas adultas mayores para promover su desarrollo e incidir en las acciones dirigidas a este sector. c. A participar en los procesos productivos, de educación y capacitación de su comunidad. d. A participar en la vida cultural, deportiva y recreativa de su comunidad. e. A formar parte de los diversos órganos de representación y consulta ciudadana.
Derecho a denunciar todo hecho, acto u omisión que viole los derechos que consagra la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. (Artículo 5o, fracción VIII)
Toda persona, grupo social, organizaciones no gubernamentales, asociaciones o sociedades, podrán denunciar ante los órganos competentes, todo hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daño o afectación a los derechos y garantías que establece la presente Ley, o que contravenga cualquier otra de sus disposiciones o de los demás ordenamientos que regulen materias relacionadas con las personas adultas mayores.
Derecho a la atención preferente en establecimientos públicos y privados que presten servicio al público. (Artículo 5o.fracción XI)
a. A tener una atención preferente en los establecimientos públicos y privados que prestan servicios al público. b. Los servicios y establecimientos deberán implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado.
Derecho a contar con asientos preferentes en los servicios de autotransporte. (Artículo 5o,fracción IX)
A contar con asientos preferentes en los establecimientos que prestan servicios al público y en los servicios de autotransporte de pasajeros.
Tema Principal
Tema Flotante
NOM-022-SSA3-2012
Esta norma tiene como objetivo establecer las condiciones para la administración de la terapia de infusión en México.
Incluye
-Instalación, mantenimiento y retiro de vías de acceso venoso periférico y central. -Definir los requisitos que debe cumplir el personal de salud en la administración de la terapia de infusión intravenosa. -Disminución de complicaciones y costos
Campo de aplicación
Esta norma y sus disposiciones son obligatorias para los establecimientos para la atención médica y personal de salud del Sistema Nacional de Salud que realicen la terapia de infusión intravenosa.
NOM-004-SSA3_2012
stablece los criterios científicos, éticos, tecnológicos y administrativos obligatorios en la elaboración, integración, uso, manejo, archivo, conservación, propiedad, titularidad y confidencialidad del expediente clínico.
Importancia
* Registro Integral: de la información de salud del paciente, crucial para la continuidad y calidad de la atención médica. * Herramienta Clínica: Para el diagnóstico, tratamiento y seguimiento de los pacientes. * Comunicación: Entre los profesionales de la salud involucrados en la atención del paciente. * Legal y Ética: Documenta el consentimiento informado y las intervenciones realizadas.
Campo de aplicación
Esta norma, es de observancia obligatoria para el personal del área de la salud y los establecimientos prestadores de servicios de atención médica de los sectores público, social y privado, incluidos los consultorios.
NOM-036-SSA2-12
homologar los criterios y procedimientos para la aplicación, manejo, conservación de los biológicos y prestación de los servicios de vacunación, así como las actividades en materia de control, eliminación y erradicación de las enfermedades que se evitan mediante la vacunación.
Rol
* Prevención de Enfermedades * Programas de Vacunación * Control de Brotes
Campo de aplicacion
sta Norma es de observancia obligatoria para las personas físicas y morales que prestan servicios en los sectores público, social y privado, que aplican biológicos y participan en la promoción, difusión e información sobre vacunas al público en general
NOM-016-SSA3_2012
Establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento para los hospitales, así como para los consultorios de atención médica especializada.
Requisitos de Infraestructura
* Licencia Sanitaria * Responsable Sanitario: que vigile la organización y funcionamiento del establecimiento. * Permiso de Construcción * Seguridad de las Instalaciones: Identificación visual deinstalaciones de suministro.
Campo de aplicación
Esta norma es de observancia obligatoria para todos los establecimientos hospitalarios de los sectores público, social y privado, cualquiera que sea su denominación, que tengan como finalidad la atención de pacientes que se internen para su diagnóstico, tratamiento médico, quirúrgico o rehabilitaciónema
Normas
NOM-006-SSA2-1993 para la Prevención y Control de la Tuberculosis en la Atención Primaria a la Salud.
Objetivo
-Uniformar los criterios, estrategias, actividades, procedimientos, y técnicas operativas del Sistema Nacional de Salud, en relación a las medidas preventivas y de control aplicables a la tuberculosis a nivel de la atención primaria de la salud.
Campo de aplicación
-Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y para todo el personal que labore en unidades de servicios de salud.
NOM-010-SSA2-1993, Para la prevención y control de la infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana.
Objetivo
-Actualizar y uniformar los principios y criterios del Sistema Nacional de Salud, respecto a las actividades relacionadas con la prevención y el control de la infección por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana.
Campo de aplicación
-Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y para todo el personal que labore en unidades de servicios de salud.
NOM-015-SSA2-1994, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus en la atención primaria.
Objetivo
-Establecer los procedimientos para la prevención, tratamiento y control de la diabetes. -Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en el territorio nacional para los establecimientos y profesionales de la salud.
Campo de aplicació
-Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y para todo el personal que labore en unidades de servicios de salud.
Propósito
Esta Norma define los procedimientos y acciones para la prevención, detección, diagnóstico y tratamiento de la diabetes, disminuir y establecer programas de atención médica
NOM-019-SSA3-2013, Para la práctica de enfermería en el Sistema Nacional de Salud
Objetivo
Establecer las características y especificaciones mínimas para la prestación del servicio de enfermería en los establecimientos de atención médica del Sistema Nacional de Salud, así como para la prestación de dicho servicio que en forma independiente otorgan las personas físicas con base en su formación académica.
Campo de aplicación
Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y para todo el personal que labore en unidades de servicios de salud.
NOM-030-SSA2-2009, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la hipertensión arterial sistémica.
Objetivo
Establecer los procedimientos para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y seguimiento del paciente, para el control de la hipertensión arterial sistémica y con ello evitar sus complicaciones a largo plazo.
Campo de aplicación
Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y para todo el personal que labore en unidades de servicios de salud.